COMPONENTE INFLACIONARIO DE LOS RENDIMIENTOS COSTOS Y GASTOS FINANCIEROS ( establecido por dec 563 de 16 marzo de 2012)
Este se aplica para las personas naturales y sucesiones ilíquidas, no obligadas a llevar contabilidad.
Componente inflacionario aplicado a ingresos financieros: será de 80.91% para el año 2011; estos ingresos se consideran como no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
En este caso se debe tener en cuenta que el componente inflacionario para ingresos solo podrá ser aplicado a los ingresos percibidos por PN y sucesioens ilíquidas que hayan obtenido los mismos de:
a) Entidades que estando sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia tengan por objeto propio intermediar en el mercado de recursos financieros y por entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria.b) Títulos de deuda pública, y
c) Bonos y papeles comerciales de sociedades anónimas cuya emisión u oferta haya sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores.
Los ingresos percibidos por intereses percibidos por personas naturales no se les aplica el componente inflacionario y son gravables el 100%
Componente inflacionario aplicado a costos y gastos financieros: será el 22.50% de los intereses y demás costos y gastos financieros. Tales gastos no serán deducibles en este porcentaje, o no constituyen costo ni deducción.
En este caso será tratado como costo o deducción el 77.5% en que hayan incurrido pn o sucesiones ilíquidas a favor de cualquier tipo de persona o entidad ubicada en colombia.
Se debe tener en cuenta que el límite anterior no es aplicable en el caso de los intereses que se paguen sobre préstamos para adquisición de vivienda del contribuyente, siempre que el préstamo esté garantizado con hipoteca si el acreedor no está sometido a la vigilancia del Estado, pues en este caso se aplica el límite del articulo 119 del ET. Es decir, solo se puede tomar como deducción por el año gravable 2011 hasta 1.200 UVT ($30.158.000) del valor de los intereses efectivamente pagados.
COMO APLICAR EL COMPONENTE INFLACIONARIO A LOS RENDIMIENTOS FINANCIEROS:
Para ello debemos tener en cuenta el Articulo 38 ET parágrafo 1. Que dice :
Cuando los contribuyentes a que se refiere el presente artículo, soliciten costos o deducciones por intereses y demás gastos financieros, dichos costos y gastos serán deducidos previamente, para efectos de determinar la parte no gravada de los rendimientos financieros, de conformidad con lo previsto en el presente artículo.
Una vez detallado lo anterior les aporto un pequeño ejercicio donde se explica el calculo del componente inflacionario en rendimientos financieros.
| EJEMPLO CALCULO DEL COMPONENTE INFLACIONARIO PN NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD | ||||||||
| INGRESOS POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS | VALOR | |||||||
| CDT PERCIBIDO POR UNA ENTIDAD FINANCIERA | 12.500.000 | |||||||
| ORIGINADOS POR PRESTAMOS EFECTUADOS A PARTICULARES | 15.000.000 | |||||||
| TOTAL INGRESOS POR RENDIMIENTOS FINANCIEROS | 27.500.000 | |||||||
| COSTOS Y GASTOS FINANCIEROS CON RELACION DE CAUSALIDAD CON LA ACTIVIDAD PRODUCTORA DE RENTA | ||||||||
| PAGADOS A ENTIDAD FINANCIERA VIGILADA | 5.250.000 | |||||||
| COSTOS Y GASTOS FINANCIEROS PAGADOS A PARTICULARES | 4.500.000 | |||||||
| TOTAL COSTOS Y GASTOS FINANCIEROS PAGADOS | 9.750.000 | |||||||
| DETERMINACION DE COSTOS Y GASTOS DEDUCIBLES PARA EL AÑO 2011 | 9.750.000 | |||||||
| VALOR DEDUCIBLE 77,5% AÑO 2011 | 7.556.250 | 77,50% | ||||||
| VALOR NO DEDUCIBLE 22,5% AÑO 2011 COMPONENTE INFLACIONARIO | 2.193.750 | 22,50% | ||||||
| TOTAL INGRESOS FINANCIEROS | 27.500.000 | |||||||
| MENOS: INGRESOS POR PRESTAMO A PARTICULARES | 15.000.000 | * los ingresos de part. NO le es aplicable beneficio componente inflacionario. | ||||||
| BASE PARA CALCULAR LOS INGRESOS QUE NO CONST RTA NI GO | 12.500.000 | |||||||
| MENOS: VALOR TOMADO COMO DEDUCCIÓN EN GTOS FINANCIEROS | 7.556.250 | |||||||
| TOTAL BASE PARA APLICAR COMPONENTE INFLACIONARIO A ING FROS | 4.943.750 | |||||||
| % COMPONENTE INFLACIONARIO PARA RENDIMIENTOS FINANCIEROS | 80,91% | |||||||
| VALOR QUE NO CONSTITUYE RENTA NI GANANCIA OCACIONAL | 3.999.988 | |||||||
Elaboro: Erika Mendoza
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