viernes, 6 de julio de 2012

Personas Naturales obligadas a Declarar Renta año 2011

PERSONAS NATURALES   DECLARANTES DE RENTA AÑO 2012  
Para aclarar  si tenemos la calidad de declarantes es necesario tomar en cuenta cada aspecto tributario vigente, extraer la información específica y ubicarnos según la categoría de persona natural, una vez aclarado este aspecto se procede a organizar la información que se requiere para informar en la declaración del año fiscal, en este caso lo que se va a declarar en el año 2012 según calendario tributario. Se relacionará  la información de activos, pasivos, igualmente se reflejará el patrimonio bruto y liquido, ingreso, costos, deducciones del año gravable 2011.
Antes de ello deberíamos entrar a resaltar muy brevemente  que son personas naturales y asimiladas?
Personas Naturales: Individuo vivo de la especie humana cualquiera que sea su edad, sexo, extirpe o condición.
Se asimilan a personas naturales las sucesiones ilíquidas y las asignaciones y donaciones modales
Sucesiones Ilíquidas: Cabe mencionarlas ya que en materia fiscal, estas son asimiladas a las personas naturales y hace referencia al patrimonio que deja una persona natural al fallecer y que aun no ha sido asignado entre sus herederos. Hasta tanto no se efectúe tal asignación, ese patrimonio y las rentas que pueda generar se deben seguir declarando en cabeza del difunto siempre que se den los topes para quedar obligado a presentar la declaración; la firma de tal declaración la haría el apoderado de tales bienes que nombren los herederos).
 Asignaciones  y Donaciones Modales:Según el artículo 11 del Estatuto Tributario, refiriéndose a  donaciones o asignaciones modales, los bienes destinados a fines especiales, están sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios de acuerdo con el régimen impositivo de las personas naturales, excepto cuando los donatarios o asignatarios los usufructúen personalmente, en cuyo caso los bienes, rentas y ganancias ocasionales se gravan en cabeza de quienes los hayan recibido.
Una vez aclarado el aspecto anterior, el declarante principalmente centrándonos a la persona natural, deberá tener en cuenta las obligaciones formales para que en el evento de presentar la declaración se haga cumpliendo a cabalidad con este aspecto; esto es entre otras:
-Haber efectuado el registro en el Rut, actualizar el Rut si hubo alguna eventualidad que así lo obligue y presentar la declaración tributaria en este caso hablando del impuesto de renta, entiéndase que estas son algunas obligaciones formales que deben tenerse en cuenta antes de presentar la declaración.
Nota. Hay que tener en cuenta que de acuerdo a la Resolución 019 de febrero 28 de 2012 que modifico la resolución 12761 de diciembre de 2011, en la cual cito el sgte párrafo de su interés en lo que refiere a personas naturales:
Fuente: Actualicese.com
Las novedades de esa Resolución 12761 consistieron en que con ella quedan obligadas a presentar todas sus declaraciones en forma virtual todas las personas jurídicas que tengan obligación de presentar declaración de retención en la fuente. También, todas aquellas personas naturales y jurídicas que deban entregar información exógena e igualmente los Representantes Legales, Contadores y Revisores fiscales que firmen virtualmente, en alguna persona jurídica.
Por tanto, como fueron muchos los que con esa Resolución 12761 quedaban obligados a empezar a declarar virtualmente, y debían hacerlo a a partir de marzo de 2012, pero la DIAN aún no les había dado sus mecanismos de firma digital, la DIAN decidió correr el inicio de esa obligación para que empiecen con las declaraciones que se venzan a partir de julio de 2012. Y lo que hará entre marzo y mayo es atender a las obligados a declarar virtualmente por el número de su NIT para que no se formen congestiones en la DIAN.
Ahora bien, una vez aclarada parte de la información relevante, veamos quienes deben presentar declaración de Renta y complementarios por el año gravable 2011?
Ver Art 592 E.T. Quienes no están obligados a declarar.
A continuación el siguiente, muestra quienes sí están obligados a declarar:

Requisito
Asalariado (aquellos que el 80% o más de sus ingresos provienen de salarios y demás pagos laborales; Art 593 y 594-3 E.T)
Trabajador Independiente (Aquellos en que el 80% o más de sus ingresos brutos provienen de honorarios, comisiones y servicios; Art 594-1 y 594-3 E.T)
Las demás Personas Naturales (Aquellas cuya mayor parte de ingresos provienen de vender bienes, intereses, dividendos, etc; Art 592 y 594-3 E.T)
1. Si su Patrimonio Bruto a Diciembre 31 de 2011 es mayor a:
    113.094.000 (4.500 UVT x 25.132)
   113.094.000 (4.500 UVT x 25.132)
   113.094.000 (4.500 UVT x 25.132)

2. Si sus Ingresos Brutos, Ordinarios y Extraordinarios durante el año 2011 son mayores de:

  102.363.000 (4.073 UVT x 25.132 pesos) (sin incluir venta de activos fijos, loterias, rifas y similares).
   82.936.000 (3.300 UVT x 25.132 pesos)



   35.185.000 (1.400 UVT X 25.132 pesos)

3. Responsable del Impuesto a las ventas en el Régimen Común.

Si es responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año ó algún momento dentro del año.
Si es responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año ó algún momento dentro del año.
Si es responsable del IVA en el régimen común, al cierre del año ó algún momento dentro del año.




4. Sus consumos con tarjetas de crédito durante el año 2011 fueron mayores a:
 70.370.000 (2.800 UVT x 25.132 pesos) 
 70.370.000 (2.800 UVT x .132) 
 70.370.000 (2.800 UVT x .132) 




5. Si sus compras y consumos totales en el año 2011 sin importar si fueron a crédito o contado y el medio de pago excedieron de:
 70.370.000 (2.800 UVT x 25.132 pesos) 
 70.370.000 (2.800 UVT x 25.132 pesos) 
 70.370.000 (2.800 UVT x 25.132 pesos) 




6. Si el valor total de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año 2011 son mayores a:
 113.094.000 (4.500 UVT  x  25.132 pesos) 
 113.094.000 (4.500 UVT  x  25.132 pesos) 

113.094.000 (4.500 UVT  x  25.132 pesos) 




Fuente.contablecolombia.blogia.com
Esta información  la comparto con ustedes, teniendo en cuenta que a.. todos.. tanto contadores, obligados PN  a presentar declaración de renta año 2011 y demás interesados, hemos de estar informados al respecto.

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